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Empresarios piden que multas abusivas no solo se extingan para mipymes

La Cámara de Comercio de Lima considera que es una disposición discriminatoria que vulnera el principio de igualdad tributaria previsto en la Constitución.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) aseguró que está en desacuerdo con la reciente ley que dispone que solo las personas naturales, microempresas, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) podrán extinguir sus multas por errores en las declaraciones juradas ante Sunat.

Perdonarán multas. La  Ley N°30660 dispone que en el caso de contribuyentes que al presentar sus declaraciones juradas han consignado por error créditos, saldos, o pérdidas a su favor y que finalmente no han sido utilizados por el contribuyente, en consecuencia, no hubo prejuicio fiscal para el Estado.

«La extinción de multas abusivas, que debería ser aplicable a todos los contribuyentes, fue aprobado por insistencia del Congreso de la República decisión que no compartimos por ser una disposición discriminatoria que vulnera el principio de igualdad tributaria descrito en el Art 74 de la Constitución», manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Tal disposición fue publicada el pasado 29 de setiembre en el diario oficial El Peruano el cual incorpora un párrafo final a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1311.

Para tal aprobación, la Comisión de Constitución del Congreso encargada de revisar los decretos legislativos publicados al amparo de la Ley 30506 argumentó que el Poder Ejecutivo no tuvo facultades para extinguir multas, aunque estas sean arbitrarias o abusivas para todos los contribuyentes.

Piden homologación. «En nuestra opinión, si el Ejecutivo no tuvo facultades para perdonar multas abusivas, dicho perdón no puede aplicarse solo a las personas naturales y a las Mipyme excluyendo a las demás empresas, como lo ha dispuesto el Congreso», anotó Víctor Zavala.

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