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Informe del Congreso plantea derogar cambios a la norma antielusiva

Un informe de la Comisión de Constitución recomienda derogar y modificar artículos del decreto que realizó precisiones a la norma antielusiva. Su aplicación ya no sería retroactiva.

Los directorios locales no estarán obligados a aprobar los planeamientos tributarios de sus empresas si se llegara a ratificar un informe preliminar de un grupo de trabajo de la Comisión de Constitución coordinado por el congresista Miguel Torres, de Fuerza Popular, que recomienda derogar y modificar tres artículos del Decreto Legislativo (DL) 1422, el cual realizó precisiones a la norma antielusiva en septiembre pasado.

El mencionado decreto faculta a la Sunat a aplicar la norma antielusiva en procedimientos de fiscalización que revisen los planeamientos tributarios de las empresas desde el 2012, obligan a los directorios de las compañías a aprobar las estrategias tributarias y a ratificar o modificar, hasta el 29 de marzo del 2019, todos los actos de planificación tributaria de la empresa de los últimos seis años. Con este informe, se eliminaría la retroactividad.

Con los cambios que el DL generó en la norma antielusiva —que aún no entra en vigencia—, la Sunat recibió más herramientas que le permiten responsabilizar a los directorios por las estrategias tributarias de sus empresas en caso detecte prácticas elusivas. Para Tania Quispe, exjefa de la Sunat, la disposición generaba un riesgo a futuro para el directorio. “Uno nunca sabe cómo la Sunat podría interpretar un tema tributario”, comentó.

Pero antes de eso, ya tenía algunas herramientas para hacerlo. “El Tribunal Fiscal ya había opinado que la responsabilidad sí alcanzaba a los directores en forma individual si se probaba que habían actuado con dolo, negligencia o abuso de facultades. Eso es discutible porque el directorio como tal no es una persona, sino un órgano colegiado”, dijo Arturo Tuesta, socio líder de tributación y legal de PwC. Añadió que el informe no propone derogar la disposición que establece que existe dolo, negligencia o abuso, salvo que se demuestre lo contrario, en los representantes legales de las empresas que hayan aprobado actos tributarios investigados por presunta elusión

Los cambios permiten la aplicación retroactiva de la norma antielusiva. En opinión de Tuesta, debe ser aplicada hacia adelante debido a que la retroactividad “atenta contra la seguridad jurídica” de las empresas. De otro lado, las modificaciones obligan a que los directorios ratifiquen o modifiquen sus estrategias tributarias desde el 2012. “Puede haber directores que no estuvieron en ese momento o puede que algunas operaciones no hayan llegado al directorio”, añade Tuesta, quien coincidió con Quispe en que la norma debería aplicarse desde el 2018 y no desde el 2012.

La norma antielusiva no está vigente debido a que el MEF aún no emite el decreto supremo que permitiría su aplicación. Esto iba ocurrir en octubre, según informó el ente recaudador. El informe, al que tuvo acceso SEMANAeconómica, debe pasar por la Comisión de Constitución. Si recibe un dictamen favorable, pasaría al Pleno, que tendría hasta el próximo 15 de diciembre para aprobarlo. Ese día termina la legislatura.

Esta revista pudo conocer, por fuentes cercanas a la Confiep, gremio que pidió los cambios a la norma, que existe disposición en el Congreso de aprobar el informe que derogaría los artículos cuestionados. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estaría dispuesto a que se realicen los cambios sugeridos a la norma. Esta revista solicitó un pronunciamiento al ministerio, pero al cierre de esta edición, no obtuvo respuesta.

El DL 1422 forma parte de un conjunto de decretos tributarios cuyo objetivo es reducir el incumplimiento de los contribuyentes por evasión y elusión. Fue emitido al amparo de las facultades legislativas que el Congreso le delegó al Ejecutivo. Según el MEF, entre el 2014 y el 2017 los ingresos del gobierno se redujeron en cuatro puntos del PBI. El factor que más afectó la recaudación fue en incumplimiento (ver gráfico).

“Para reforzar los ingresos fiscales sin incrementar tasas lo que se ha hecho es trabajar dos primeros ejes de acción con fines de recaudación: adaptación de la legislación tributaria a las mejores prácticas internacionales para incrementar la transparencia y reducir los niveles de evasión y elusión tributaria“, dijo el viceministro de Economía, Hugo Perea, en el Capital Markets, Banking & Finance Day en octubre.

Los cambios no impactarían negativamente a la norma antielusiva. “Queda potente porque el de los directores sólo hacía ruido. El MEF tiene que cuidar [la norma antielusiva] porque es un arma poderosa en función del paradigma mundial. Ese [artículo] generaba puntos en contra, los mismos gremios lo comentaron muchas veces. Sacándolo queda una norma más clara”, según Quispe.

EXCEDIÓ FACULTADES Y VULNERÓ SEGURIDAD JURÍDICA

La Constitución obliga al Ejecutivo a dar cuenta al Congreso de los decretos legislativos que emita por delegación de facultades. Según el informe al que accedió SEMANAeconómica, el decreto fue recibido por el grupo de trabajo de la Comisión de Constitución y Reglamento el 21 de septiembre. Como reportó este medio, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiepenvió una carta a Rosa Bartra (Fuerza Popular), presidenta de la comisión, en la que planteó sus objeciones a determinados artículos del DL 422. Cuestionó que la norma antielusiva se aplique de forma retroactiva y que se obligue a los directorios a aprobar los planeamientos tributarios de las empresas.

El informe sobre la constitucionalidad del DL 1422 fue aprobado, según el documento al que accedió SEMANAeconómica, el 9 de noviembre. El grupo de trabajo está conformado, además de Miguel Torres (Fuerza Popular), por Javier Velásquez Quesquén (Apra) yPatricia Donayre (Peruanos Por el Kambio), quien renunció a su bancada el 12 de noviembre.

Tras el análisis, los parlamentarios concluyeron que el Ejecutivo excedió las facultades que le delegó el Congreso para legislar en tres artículos. Advirtieron que establecer una obligación a los miembros del directorio de una sociedad, como aprobar su estrategia tributaria, implicaba una modificación de la Ley General de Sociedades. El Congreso no había delegado facultades para modificar esa norma. Este mismo análisis fue aplicado para la disposición que obliga a los directorios a ratificar o modificar los actos tributarios realizados entre el 2012 y hoy hasta el 29 de marzo del 2019.

Los congresistas remarcaron que la Ley General de Sociedades establece que la empresa, mediante su estatuto, puede organizarse de la forma más adecuada según sus intereses y que, en esa medida, asigna las funciones de sus diferentes organismos. “La estrategia tributaria de la sociedad (que implica el conocimiento de un conjunto de normas técnicas) no necesariamente debe recaer en el directorio, el cual bien podría delegar esa tarea en un órgano más especializado”, se lee en el informe.

De otro lado, concluyeron que aplicar la norma antielusiva a todos los actos tributarios de las empresas realizados desde julio del 2012 en adelante vulnera el principio de seguridad jurídica, reconocido en la Constitución. Según el informe, la disposición no permite a los contribuyentes distinguir con facilidad el ámbito de aplicación y sus consecuencias jurídicas, sobre todo cuando establece sanciones severas.

Por eso, plantearon modificar el artículo para que la norma antielusiva se aplique desde el momento en que el MEF emita el decreto supremo que la ponga en vigencia, en concordancia con lo establecido en la ley 30230. Esta ley suspendió la aplicación de la norma antielusiva para los actos, hechos y situaciones tributarias producidas desde julio de 2012 en adelante, hasta que la suspensión sea levantada por el Ejecutivo cuando publique el mencionado decreto.

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