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El gobierno deja desprotegidos a los propietarios de la carga marítima

Por : Manuel Quiroga Suito, Socio Principal de Quiroga & Barton Abogados

Hoy es un día negro para el Derecho Marítimo peruano.

En un despliegue de ignorancia supina, el gobierno ha publicado hoy el Decreto Supremo N° 012–2020-RE, mediante el cual denuncia la Convención Internacional para la Unificación de Ciertas Reglas en Materia de Conocimiento de Embarque, conocida como las “Reglas de La Haya”, demostrando no entender en absoluto la función de dicha convención.

La finalidad de las Reglas de la Haya fue crear un marco normativo que establezca claramente la validez o invalidez de las cláusulas contractuales de los conocimientos de embarque. En efecto, durante la segunda mitad del siglo XIX, los armadores, bajo el manto protector de la libertad contractual, redactaban conocimientos de embarque cuyos términos y condiciones los exoneraban de toda responsabilidad frente a la carga, siendo así que los cargadores soportaban todos los perjuicios resultantes de dicha liberación, que anulaba el valor práctico de los conocimientos.

Dada esta situación, fue firmada en Bruselas el 24 de agosto de 1924 la referida convención internacional, aprobada por el Perú mediante Resolución Suprema 687 del 16 de octubre de 1964.

Durante años he sido testigo de la falta de compresión, por parte de funcionarios públicos y operadores privados, de los alcances de las Reglas de la Haya, quienes le otorgan funciones aduaneras o portuarias, cuando simplemente sirven para delimitar la responsabilidad por daños y faltantes a la carga.

Este desconocimiento ha llegado a su cúspide el día de hoy, borrando de un plumazo la referida norma, supuestamente para facilitar la aplicación del también lamentable Decreto Legislativo N° 1492, dejando, ahora sí, a los propietarios de la carga a un nivel de indefensión propio del siglo antepasado.

Puede decirse que existen convenciones más favorables a la carga que las Reglas de la Haya. Pues, entonces, debió hacerse el cambio ordenadamente. Hamburgo y Rotterdam están ahí para ser adoptadas. Tenemos el Anteproyecto de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo de 1999 (basado en Hamburgo, y preparado por verdaderos expertos) acumulando polvo en una gaveta.

Pero no, el gobierno decidió acabar con el sistema de responsabilidad de daños y faltantes a la carga, echándose abajo con ello décadas de jurisprudencia especializada en la materia.

Habrá que analizar las consecuencias desde el punto de vista del Derecho Internacional Público, pues, de acuerdo con el artículo 15 de la convención, la denuncia surte efecto luego de un año de notificada al gobierno belga.

Parece que nuestros burócratas no se han contagiado del COVID-19, sino de la vaca loca.

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