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Incentivos tributarios para nuevas zonas económicas avanza en el Congreso: los detalles

Dictamen de la ley que crea las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP) fue agendado en el pleno del Congreso. Conozca los detalles.

A inicios de octubre la Junta de Portavoces del Congreso acordó incluir en la agenda de una próxima sesión del pleno, el dictamen de la ley que crea las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP), el cual ya fue aprobado en la Comisión de Economía en junio pasado.

La medida busca atraer inversiones, a cambio de beneficios tributarios, siendo el principal una reducción en el Impuesto a la Renta (IR) a 15%, sobre la renta neta generada durante 30 años por las empresas que cumplan ciertos requisitos de inversión.

Cabe recordar que, de acuerdo con la norma vigente, las Zonas Económicas Especiales (ZEE), cuentan con regulaciones tributarias y aduaneras especiales que incluyen tasas nulas en el IGV, ISC, Impuesto de Promoción Municipal (IPM) y el IR.

El proyecto también busca que las futuras ZEEP sean administradas por un operador privado, lo cual les dará mayor eficiencia, indican analistas.

Otra novedad es que no se establece un sitio específico en el cual se desarrollará la ZEEP, sino que podrían ser múltiples lugares, según las iniciativas privadas que se presenten y sean autorizadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), señala el dictamen, elaborado en base a los proyectos de ley N° 293/2021-CR y N° 8026/2023-CR.

Este aspecto ha sido observado por el Ministerio de Economía, pues en carta enviada a la Comisión de Economía indicó que el Artículo 79 de la Constitución señala que solo puede darse un tratamiento tributario especial a zonas específicas aprobadas vía ley. Con la propuesta, cada nueva ZEEP no necesitaría ser aprobada vía ley, sino solo con una resolución del Mincetur.

“La observación del MEF es correcta. Con la propuesta, las zonas especiales se podrán instalar en cualquier lugar del país, en la medida que cumplan con los requisitos que se fijan”, indicó la abogada tributarista de PwC, Katarzyna Dunin Borkowski.

El dictamen señala que el área solicitada para ser una ZEEP debe ser continua y no menor de 140 hectáreas netas debidamente delimitadas, con acceso a puertos, aeropuertos, carreteras, estación ferroviaria, hidrovías u otros medios similares de transporte.

Además de los 30 años de tasa de IR al 15%, este beneficio se podría extender por seis años adicionales si la empresa reinvierte al menos el 25% de sus utilidades en los primeros cinco años de operaciones. “Es un régimen muy beneficioso, pues hoy nadie tiene el 15% de Impuesto a la Renta”, anotó Katarzyna Dunin Borkowski.

¿Qué empresas podrán beneficiarse de las ZEEP? Podrán ser usuarias de las ZEEP las nuevas empresas que se constituyan en el país o las sucursales de empresas extranjeras. Las actuales empresas también podrían acogerse, siempre que constituyan una nueva empresa usuaria de las ZEEP para desarrollar una nueva actividad o línea de negocio.
Asimismo, los usuarios de las ZEEP deberán ejecutar un nivel de inversión mínima equivalente a 6,000 UIT (S/ 30.9 millones, si se toma como referencia la UIT del 2024).

Por su parte Rafael Zacnich, gerente de Estudios Económicos de ComexPerú, refirió que si bien la iniciativa de las ZEEP resulta positiva, haría falta incluir más medidas promotoras para garantizar el éxito en la atracción de inversiones.

En esa línea, sugiere incorporar medidas de promoción laboral. “Si se va a tener un nuevo sistema de zonas económicas especiales, se podrían introducir cambios en el tema laboral, para ser un atractivo adicional para el inversionista y se contrate a más trabajadores. Se debe apuntar a reducir el 67% de sobrecostos laborales no salariales que hay en el régimen laboral general”, sostuvo.

El dato. El dictamen también excluye como posibles empresas beneficiarias a algunas actividades y servicios: explotación de derechos de propiedad intelectual, cuya contraprestación sea un canon, licencia o regalía; servicios de reexpedición de mercancías; servicios de almacenamiento de mercancías; servidos financieros, contables y/o legales; actividades de pesca; actividades de caza; actividades extractivas o de recolección; y los contribuyentes que reciban ingresos obtenidos por ganancias de capital o derechos propiedad intelectual, o sesión permanente de derechos de propiedad intelectual.

@Gestion

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