El Ejecutivo permite sustituir comiso por multa para mercancías en tránsito y transbordo
En el marco de las facultades legislativas delegadas por el Congreso de la República mediante la Ley N° 32527 , el Gobierno ha publicado el Decreto Legislativo N° 1711. Esta norma introduce cambios estratégicos en la Ley General de Aduanas con el fin de fortalecer el crecimiento económico responsable y optimizar las operaciones de comercio exterior.
¿En qué consiste el cambio principal?
El objeto de esta norma es permitir que los transportistas o sus representantes legales puedan optar por el pago de una multa en lugar de sufrir la sanción de comiso de las mercancías en situaciones específicas de discrepancia documental.
Esta alternativa es aplicable exclusivamente para:
Mercancía que se encuentra a bordo de un medio de transporte.
Carga en tránsito hacia destinos en el exterior o destinada al régimen de transbordo.
Bienes que no hayan sido manifestados o cuya descripción no coincida con el manifiesto de carga.
Requisitos y Plazos Clave
Para acogerse a este beneficio, se han establecido las siguientes condiciones:
Detección en Control Extraordinario: La opción surge cuando la Autoridad Aduanera detecta la infracción durante una acción de control extraordinario.
Plazo de Pago: El transportista cuenta con treinta (30) días hábiles para cancelar la multa, contados a partir del día siguiente de la notificación de la medida preventiva.
Consecuencia de Incumplimiento: Si la multa no se cancela en el plazo previsto, la mercancía caerá inevitablemente en comiso.
Excepciones: No podrán optar por este beneficio las mercancías prohibidas, aquellas que atenten contra la salud o el medio ambiente, y otras que determine el Reglamento.
Adecuación del Reglamento y Vigencia
El Poder Ejecutivo ha dispuesto un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario para la adecuación del Reglamento de la Ley General de Aduanas y de la Tabla de Sanciones. Es importante destacar que el Decreto Legislativo N° 1711 entrará en vigor recién cuando se publique dicho Decreto Supremo de adecuación.
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