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Cosco apelará fallo que ratifica supervisión de Ositrán sobre el Puerto de Chancay

La operadora del Puerto de Chancay recurrirá al Tribunal Constitucional tras el fallo que ratifica las facultades de regulación y supervisión de Ositrán.

Tras la decisión de la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima de revocar la sentencia que restringía las competencias del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) sobre el Puerto de Chancay, Cosco Shipping Ports Chancay Perú (CSPCP), operadora del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, anunció que llevará el caso a la siguiente instancia constitucional.

Mediante un comunicado, el consorcio integrado por capitales chinos y peruanos informó que utilizará los mecanismos contemplados en el ordenamiento jurídico, al considerar que la resolución “no ha desarrollado los temas de fondo que sustentaron el Amparo presentado por CSPCP”. Asimismo, expresó su confianza en que la siguiente instancia realice una revisión exhaustiva de su demanda.

Debate por competencias de Ositran
La empresa explicó que el proceso judicial tiene como finalidad proteger sus derechos “específicamente en relación con la supervisión de Ositran” y precisó que ello “no afecta en modo alguno a la plena autoridad del Estado para ejercer supervisión e inspección” en materias operativas, ambientales, tributarias y de control a cargo de entidades como Sunat, Autoridad Portuaria Nacional (APN), Dirandro, Senasa, Policía Fiscal, Migraciones y autoridades sanitarias.

Además, Cosco Shipping reiteró que el Puerto de Chancay “tiene una naturaleza totalmente privada” y opera “bajo condiciones de plena competencia en el mercado peruano”. En ese contexto, sostuvo que la pretensión de Ositran de ejercer facultades más allá de las previstas en la Ley del Sistema Portuario Nacional “afecta derechos constitucionales y vulnera el principio de legalidad”.

La compañía emitió este pronunciamiento luego de que la Segunda Sala Constitucional admitiera la apelación presentada por Ositran, revocara la sentencia de primera instancia que impedía al regulador supervisar el Puerto de Chancay y, en consecuencia, declarara improcedente la demanda de amparo interpuesta por CSPCP.

Supervisión sobre el Puerto de Chancay
En su resolución, el colegiado determinó que las actuaciones cuestionadas por Cosco “no constituyen una amenaza cierta e inminente”, debido a que corresponden al ejercicio de competencias otorgadas por ley al organismo regulador. También señaló que cualquier controversia derivada de actos administrativos específicos deberá resolverse por la vía administrativa y, de ser necesario, mediante un proceso contencioso-administrativo.

Asimismo, la sala respaldó la posición de Ositran respecto al alcance de sus atribuciones. Indicó que el Terminal Portuario de Chancay, al ser un puerto de uso público pese a contar con titularidad privada, califica como una entidad prestadora sujeta a las funciones supervisoras, normativas, fiscalizadoras, sancionadoras y regulatorias del organismo.

Frente a este escenario, Cosco Shipping afirmó que la decisión judicial “afecta no sólo aspectos funcionales y financieros, sino también el marco jurídico en el que los inversionistas confían”. Además, ratificó su compromiso de cumplir la normativa nacional y aseguró que continuará operando el terminal “según el mayor estándar internacional”, mientras impulsa la revisión del caso en la siguiente instancia constitucional.

@PeruRetail

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