Hay plazo de un año para nueva subasta de gasoducto del sur
Especialistas consultados por Gestión consideran que la transferencia de la concesión no tiene que hacerse bajo los mismos términos en los que se encuentra la actual. Gobierno tendrá que nombrar un interventor del consorcio GSP.
El viernes se confirmó lo que adelantó Gestión: el proyecto de gasoducto del sur ya no irá con el actual consorcio que tiene como accionista mayoritario a la brasileña Odebrecht y como socios a la española Enagás y la peruana Graña y Montero.
Tanto el consorcio como los dos socios minoritarios emitieron comunicados confirmando que no les iba a ser posible lograr el cierre financiero que tenía como fecha máxima hoy.
En ese sentido, se iban a iniciar los trámites del proceso de devolución de la concesión.
Hoy el ministro de Energía y Minas, Gonzalo Tamayo, dará a conocer los pormenores de dicho proceso.
Proceso de transferencia
Queda ahora llevar a cabo la entrega de los activos de la concesión, según los avances realizados por el consorcioGSP.
La cláusula 6.5 del contrato de concesión menciona el plazo para el cierre financiero y la 6.7 establece que en caso el concesionario no acredite el cierre financiero al término de los plazos establecidos, el concedente (es decir, el Estado) queda facultado a declarar la terminación de la concesión por causa imputable al concesionario, y facultado para ejecutar la garantía de fiel cumplimento al 100%, esto último es por US$ 262 millones.
Es decir, hoy que vence el plazo, el Estado debe enviarle una comunicación al consorcio para informarle la terminación del contrato. La finalización no es automática, el Estado debe enviar la comunicación.
Terminación
Asimismo, según lo establece la cláusula 20.4.1, ocurrida la terminación del contrato, el concedente (el Estado a través del Ministerio de Energía y Minas) nombrará a un funcionario para que actúe como interventor del consorcioGSP.
En tanto, la cláusula 20.4.2 señala que el concedente, a través del interventor, convocará a una subasta pública para la transferencia de la concesión.
El proceso de subasta
El contrato establece tres posibles subastas a realizarse en un plazo máximo de un año.
Para la primera subasta, el precio de referencia es el 100% del valor contable. Si no se presentaran postores hay una segunda subasta con un precio que tiene como referencia el 85% del valor contable. La tercera subasta, en caso nuevamente no hubiera postores, sería al 72.25%.
Finalmente, si las subastas no alcanzan el valor contable referido, el Estado debe completar el monto. Es decir, en última instancia si no hubiera subasta de los bienes el Estado tendría que pagar el 72.25% del valor contable de los activos.
¿Cómo se distribuye?
Del monto que se reciba en la subasta se establece como máximo a pagar por el Gobierno el valor contable de los bienes descontando los gastos incurridos en la intervención y la propia subasta.
Si luego hubiera un saldo, se paga remuneraciones, derechos laborales, dinero que hubiera sido dado como deuda garantizada, tributos, multas y cualquier otro pasivo.
Por último, si quedara dinero se le entrega al consorcioGSP. Si producto de la subasta se obtiene más del valor en libros de los activos la diferencia es para el Estado
Hasta aquí es claro el proceso a seguir. Sin embargo, luego surgen dos interpretaciones acerca de cómo llevar a cabo la subasta de los activos que entregue GSP.
¿Tal como está?
Las interpretaciones se dan a partir de que el ministro de Economía, Alfredo Thorne, afirmó que el contrato de concesión tiene varios candados, advirtiendo que de no realizarse el cierre financiero lo que se tiene que subastar es el contrato mismo, con lo cual no sería tan fácil en la licitación a llevarse a cabo hacer modificaciones, por lo menos en esa etapa.
En esa misma línea, el gerente general de Graña y Montero, Mario Alvarado, dijo el viernes pasado en La Hora N, que según las cláusulas del contrato, lo que se tiene que subastar es exactamente “el contrato igualito a la vez anterior. Es una nueva licitación, pero no se pueden cambiar las bases”.
Aunque siempre queda la posibilidad de que luego el ganador de la subasta y el Estado puedan establecer cambios al contrato.
Alvarado agregó que lo que puede complicar la subasta es el intento de cambiar el esquema de ingresos garantizados que se cobra en las tarifas eléctricas por una garantía del Estado.
Sin embargo, para otros expertos consultados por Gestión, la transferencia de la concesión no tiene que hacerse bajo los mismos términos en que se encuentra la actual.
En opinión de los especialistas, el Estado puede cambiar los términos y condiciones para la nueva subasta. Señalan que siendo el contrato un acuerdo obligatorio entre las partes, una vez terminado el mismo nada obliga al Estado a mantener los mismos términos de la concesión frente a un tercero (es decir, los nuevos postores interesados en la concesión).
Advierten que si la subasta se realiza tal como está el contrato, se estarían asumiendo todos los cuestionamientos que se han hecho, como la garantía que se carga a los recibos de luz.
El ministro Tamayo dijo que este tema “hay que mirarlo bien”, para lo cual se nombrará una comisión en ProInversión para la relicitación.
Situación actual
A la fecha, el proyecto cuenta con un 37.6% de avance general y un 10.7% de avance en la construcción y montaje del sistema de ductos.
Se ha tramitado más del 66% de las servidumbres que se requieren y ya se encuentran en el país el 62.76% de los tubos para la construcción del ducto que tendrá más de mil kilómetro de extensión.
El último informe de la Contraloría que se conoce señala que a junio pasado el consorcio ha ejecutado US$ 1,440 millones del proyecto.
Asimismo, GSP dice que las obras que se llevan a cabo entre Cusco y Arequipa por el momento cuentan con 20 campamentos, 19 puntos de acopio de maquinaria y tubería.
Para llevar a cabo el avance del proyecto se han requerido 4,000 trabajadores.