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Diagnosticados con cáncer tendrían protección contra el despido y acceso al teletrabajo

Dictamen aprobado en la Comisión de Trabajo del Congreso da más beneficios laborales a los trabajadores con cáncer.

El dictamen aprobado también amplía el beneficio de licencia en caso el trabajador tenga un familiar con cáncer

El Congreso de la República busca dar más beneficios laborales a los trabajadores diagnosticados con cáncer o que tengan familiares con esta enfermedad.

La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó incorporar como causal de despido nulo “el diagnóstico de cáncer, su tratamiento y los efectos derivados, incluso si el trabajador presta servicios por menos de cuatro horas diarias, se encuentra en periodo de prueba o tiene la condición de confianza”, señala uno de los artículos del dictamen aprobado, el cual fue elaborado en base al proyecto de ley N° 6861/2023-CR, presentado por la congresista Hilda Portero (Acción Popular).

La medida está dirigida a proteger tanto a los trabajadores del sector privado como público.
Al respecto, el abogado laboralista Daniel Sánchez, asociado senior del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, refirió que la medida busca establecer una “protección reforzada” contra el despido, tal como actualmente existe para los diagnosticados con VIH y tuberculosis.

“Esta protección reforzada resulta razonable, pues una persona con cáncer seguramente dispondrá de varias licencias médicas para su tratamiento y ello podría desincentivar a los empleadores a contratarlos”, sostuvo Sánchez.

Por su parte Claudia Tolentino, asociada del área laboral de la firma legal Dentons, sostuvo que incorporar el diagnóstico de cáncer como una causal de nulidad de despido resulta innecesario, pues la actual legislación laboral señala que la discriminación es una causal de despido nulo.

“Entonces, ya actualmente si se despide a alguien por estar enfermo de cáncer es una causal de despido nulo, si se demuestra que este fue el motivo de la desvinculación”, remarcó Tolentino.

Por otro lado, Daniel Sánchez cuestionó que también se busque la protección contra el despido a los trabajadores con cáncer a tiempo parcial (menos de cuatro horas diarias), en periodos de prueba o al personal de confianza, segmentos que actualmente no tienen esa protección contra el despido bajo ningún otro supuesto.

“Este punto debería analizarse a más detalle, pues se estaría dando una protección excesiva. Quizá para estos casos la protección reforzada debería dar una indemnización más alta de la habitual”, sostuvo.

Podrán solicitar teletrabajo
Otro de los artículos del dictamen aprobado señala que para los empleadores será de “obligatorio cumplimiento” la solicitud que presente un empleado diagnosticado con cáncer para cambiar a la modalidad de teletrabajo, “debiéndose evaluar previamente la naturaleza de las funciones y el perfil del puesto que desempeña el trabajador”.

Daniel Sánchez refirió que la medida se justifica, pero precisa que aplicaría solo para los casos en que una labor se pueda adaptar al teletrabajo.

“La solicitud de teletrabajo debe ser razonable, de acuerdo al tipo de labor que se cumple, no tendría sentido que un operario solicite un teletrabajo”, anotó Sánchez.

Más costos a empresas por subsidios
Actualmente, en caso de una licencia por salud, el empleador cubre la remuneración por los primeros 20 días de descanso médico; y a partir del día 21 el pago es asumido por EsSalud.

El dictamen aprobado dispone que en caso de un descanso médico por incapacidad temporal debido al cáncer, el empleador cubrirá la remuneración por los primeros 40 días, y EsSalud recién a partir del día 41.

“Esto sería una carga laboral adicional para los empleadores formales, se estaría duplicando el costo”, criticó Claudia Tolentino.

Finalmente, el dictamen también amplía el beneficio de licencia en caso el trabajador tenga un familiar con cáncer. Actualmente, el trabajador que tenga un hijo menor de 18 años diagnosticado con cáncer, puede acceder a una licencia con goce de haber hasta por un año (ley Nº 31041). El dictamen aprobado extiende este beneficio en caso también sea diagnosticado con cáncer alguno de sus padres, cónyuge o conviviente del trabajador.

El dictamen en mención fue aprobado en la Comisión de Trabajo en sesión realizada el pasado 25 de junio, pero el texto oficial del dictamen recién fue publicado el 10 de julio. Ahora el dictamen deberá ser votado en el Pleno del Congreso, a partir del mes de agosto, cuando inicie la próxima legislatura parlamentaria.

@Gestion

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