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Dictan reglas para implementar Ventanillas Únicas en el sector público

Con el objetivo de facilitar el comercio, el desarrollo productivo y para eliminar las regulaciones excesivas existentes, el gobierno emitió un decreto legislativo que fija reglas para la implementación de Ventanillas Únicas en el sector público.

La norma aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de los servicios públicos integrados a través de estas plataformas.

Para la implementación de las Ventanillas Únicas se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

1. La entidad administradora es la responsable de la gestión y funcionamiento de la Ventanilla Única. Junto a las entidades involucradas formulará el Manual de Operaciones, el cual será aprobado mediante Resolución Ministerial del titular del sector al cual pertenece la entidad administradora.

2. Las entidades involucradas son aquellas cuyos procedimientos o trámites forman parte de las cadenas de trámites y adecúan sus procedimientos o trámites vigentes, a los requerimientos de la Ventanilla Única.

3. La entidad administradora, siguiendo los lineamientos establecidos en el reglamento del presente decreto legislativo, emite el informe anual de seguimiento y evaluación de resultadosdel funcionamiento de la Ventanilla Única.

4. La incoporación de una nueva entidad se realiza mediante modificación del Manual de Operaciones dela Ventanilla Única.

5. La entidad administradora informa a la Secretaría de Gestión Pública los casos de incumplimiento por parte de las entidades involucradas, quien a su vez comunica al titular del sector dicho incumplimiento para las acciones correspondientes.

6. En el reglamento se define el rol y funciones de las entidades administradoras y de las entidades involucradas, así como las etapas y otras actividades vinculadas con su implementación.

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