Gremios Impulsan Modernización de la Ley Aduanera en Reunión con Congresista Salhuana
El 8 de septiembre de 2025, representantes de gremios empresariales como APAM, ASMARPE, ASPPOR, APACIT y AAA se reunieron con el congresista Eduardo Salhuana para discutir el proyecto de la nueva Ley General de Aduanas (LGA). Durante la reunión, se informó que el proyecto ha sido enviado a la Comisión de Economía, Banca y Finanzas para el dictamen correspondiente. Esta comisión solicitará opiniones a los gremios empresariales, así como a entidades públicas clave como la SUNAT y el MEF, sobre los alcances de la ley. Además, los asesores parlamentarios sugirieron la importancia de generar una opinión favorable por parte de especialistas y expertos de renombre.
El objetivo de esta propuesta es aprobar una nueva ley que equilibre la facilitación y el control aduanero para mejorar la eficiencia y competitividad del comercio exterior peruano. La ley actual, con 15 años de antigüedad, ha sufrido múltiples cambios que la han enfocado más en el control, lo que ha afectado la eficiencia.
La propuesta de nueva LGA introduce una serie de principios para la Administración Aduanera, como los de legalidad, debido proceso, razonabilidad, y simplicidad. También busca ratificar el intercambio electrónico de información con otras administraciones aduaneras a nivel mundial. A continuación, se detallan otros aspectos clave del proyecto:
Obligaciones de los operadores: Se establecen las obligaciones de los operadores de comercio exterior y terceros, impidiendo que se añadan nuevas obligaciones a través de reglamentos.
Autorización de operadores: Para autorizar y renovar a los operadores, solo se considerará el cumplimiento de sus obligaciones aduaneras, sin exigir el cumplimiento de obligaciones tributarias.
Rectificación del manifiesto de carga: Se permitirá la rectificación o incorporación de documentos de transporte hasta 48 horas después de la llegada del medio de transporte y antes de la salida de la mercancía, sin aplicar sanciones. Si la corrección se realiza después de este plazo, solo se aplicará una multa, y no el comiso de la mercancía.
Modalidad de despacho: Se permite a los dueños o consignatarios decidir la modalidad de despacho a utilizar, sin que se pueda exigir una modalidad obligatoria.
Potestad sancionadora: La potestad sancionadora de la Administración Aduanera se regirá por principios como legalidad, razonabilidad y debido procedimiento, establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General, en lugar del Código Tributario. La cuantía de las multas no podrá exceder el 50% de los tributos y recargos dejados de pagar, de acuerdo con el principio de razonabilidad. Además, se considera un régimen de gradualidad con rebajas para las sanciones aplicables.
@APAM
