MTC: silencio administrativo negativo regirá para procedimientos de concesión
En telecomunicaciones y asignación de espectro.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó que las solicitudes de transferencia de concesión, así como las solicitudes de transferencia de asignación de espectro radioeléctrico, están sujetas al silencio administrativo negativo.
Así lo establece el Decreto Supremo N 009-2018-MTC que modifica el artículo N 117 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones vigente, publicado en el Diario Oficial El Peruano.
De esa manera queda sin efecto el silencio administrativo positivo vigente desde el 2007, el cual establecía un plazo insuficiente de 30 días para la revisión y decisión sobre la solicitud de un concesionario.
Servicios públicos
La medida permitirá que el MTC, en el marco de sus funciones, pueda evaluar mejor que la solicitud no afecte la competencia en el mercado de los servicios públicos de telecomunicaciones.
El espíritu de la norma busca cautelar la competencia en el mercado, evitar las estrategias anticompetitivas o escenarios de acaparamiento o concentración de frecuencias.
Por otro lado, el ente regulador tendrá suficiente plazo para realizar un mejor análisis de mercado, teniendo en cuenta que el espectro radioeléctrico es el medio por el cual pueden propagarse las ondas radioeléctricas sin guía artificial y que es un recurso natural limitado que forma parte del patrimonio de la Nación.
Antes de su oficialización, la mencionada norma fue prepublicada en el portal web del MTC y recibió aportes y comentarios de las principales empresas operadoras de telecomunicaciones que brindan servicios en el país.
Silencio administrativo
Cabe recordar que el silencio administrativo negativo es aplicable en aquellos casos en los que la petición del administrado incida en el interés público y, entre otros, en los recursos naturales; constituyendo el espectro radioeléctrico un recurso natural.
La transferencia, cesión, arrendamiento u otorgamiento del derecho de uso de cualquier título de concesiones y asignación del espectro, requiere la autorización previa y expresa del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.