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OMI : Directrices relativas a la COVID-19 para garantizar la seguridad de la interacción a bordo entre el personal del buque y el personal en tierra

El Secretario General es consciente de que la pandemia de coronavirus (COVID-19) ha ocasionado problemas relacionados con la interacción a bordo de los buques entre el personal de los buques y el personal en tierra durante las escalas en puerto.

El transporte marítimo es fundamental para preservar las cadenas de suministro mundiales y es indispensable que todas las partes de la interfaz buque-puerto mantengan a todo el personal en las condiciones de mayor seguridad posible en todo momento y no someter a riesgos indebidos a nadie, independientemente de que formen parte del personal del buque de que sean trabajadores en tierra que suban a bordo un tiempo limitado.

Las orientaciones que figuran en el anexo tienen como objeto abordar las principales inquietudes y expectativas de las tripulaciones de los buques y el personal en tierra mediante la implantación de medidas prácticas basadas en los riesgos para tratar los riesgos que supone la COVID-19 para todo el personal participante en la interfaz buque/puerto.

A fin de gestionar en condiciones de seguridad las escalas en puerto con respecto a la interfaz buque-tierra, incumbe a todas las partes comunicarse antes de la escala en el puerto, ser receptivas a los requisitos de cada una de las partes para gestionar el riesgo de propagación del virus de la COVID-19 y ser flexibles y pragmáticas en la resolución de cualquier diferencia respecto de sus requisitos y expectativas.

Sobre la base de las recomendaciones incluidas en la circular no 4204/Add.6 del 27 de marzo de 2020, el Secretario General ha recibido las “Directrices relativas a la COVID-19 para garantizar la seguridad de la interacción a bordo entre el personal del buque y el personal en tierra” adjuntas, propuestas por la siguiente coalición amplia de asociaciones del sector que gozan del carácter consultivo ante la Organización: ICS, IAPH, BIMCO, IACS, IFSMA, IMPA, INTERTANKO, Clubes P e I, CLIA, INTERCARGO, InterManager, IPTA, FONASBA, WSC, y en las que también se tiene en cuenta la aportación del International Maritime Employers’ Council (Consejo internacional de empleadores marítimos (IMEC)) y la International Support Vessel Owners Association (Asociación internacional de propietarios de buques de apoyo (ISOA)).

Se invita a los Estados Miembros y las organizaciones internacionales a aplicar las Directrices adjuntas y a distribuirlas entre las autoridades nacionales pertinentes con responsabilidades en asuntos marítimos, salud, aduanas, inmigración, control de fronteras, entre otros ámbitos; y a comunicarse con las autoridades nacionales, según proceda, con respecto al uso e implantación de las Directrices.

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