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Puertos: ¿vuelve el Estado interventor?

Control indirecto de precios e intervención en contratos privados.

Según funcionarios del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), el Decreto Legislativo Nº 1492 –emitido el pasado 10 de mayo por el Gobierno– busca impulsar la competitividad logística del comercio exterior, a través de la transparencia de los costos, y asegurar la predictibilidad en las operaciones que realizan los usuarios respecto a los servicios contratados vinculados al transporte de mercancías. El referido Decreto Legislativo también establece la digitalización de todos los procesos que se realizan en la cadena logística de comercio exterior, tanto para el sector público como para el privado.

Si bien en un principio la norma, promulgada en plena emergencia por el Covid-19, parece buscar un objetivo atendible porque –según sus promotores en el Mincetur– pretende apoyar la iniciativa de las pequeñas empresas, sobre todo en el transporte marítimo, en realidad es inconstitucional porque el Estado intervendría y regularía en los contratos y negociaciones entre privados. ¿Cómo así? A continuación, les explicamos.

Como dijimos arriba, la norma (que aprueba disposiciones para la reactivación, continuidad y eficiencia de las operaciones vinculadas a la cadena logística de comercio exterior) ignora que el transporte marítimo internacional de carga se rige por contratos privados, celebrados entre embarcadores y navieras bajo convenios internacionales suscritos por el país. No solo eso, cuando se pretende “transparentar los costos” –porque, según indican desde el Ejecutivo, existen “costos evitables”– se olvida que en la práctica internacional se cobra por tipos de containers, cargos administrativos y aclaraciones al manifiesto de la carga.

El tema no queda ahí. Cuando desde el Mincetur se intenta promover a las pequeñas empresas (pymes) para que sean más competitivas “transparentando los costos”, se olvida que el 94% de los clientes de las navieras son grandes y medianas empresas mientras que las pymes son atendidas por los agentes de carga internacional. No es cierto, entonces, que se les quite competitividad a las pymes, puesto que estas reciben un servicio más acorde con el volumen de sus operaciones.

Por ahora, la derogatoria de este Decreto Legislativo se ve en la Comisión de Constitución del Congreso que debe velar por el respeto de la Constitución y las leyes nacionales. Durante la gestión del pasado Gabinete Zeballos se promulgaron varios decretos de carácter intervencionista respecto a los contratos celebrados entre privados. Por ejemplo, el Ejecutivo promulgó un decreto que obligaba a los centros privados de educación a “transparentar sus costos fijos y variables” para establecer negociaciones con los usuarios. Una forma de establecer un control de precios indirectos. Igualmente, el Congreso aprobó una ley que establecía la suspensión del cobro de peajes durante la emergencia. En todas estas disposiciones se violó el principio constitucional que garantiza el respeto de los contratos.

¿Cómo así se les ocurrió a algunos en el Mincetur promulgar una norma de este tipo? Según los autores de la norma, ellos se basaron en un estudio del Banco Mundial sobre costos portuarios, no obstante que el Consejo Mundial de Transporte Marítimo ha emitido un pronunciamiento señalando que dicho estudio no está acorde a los costos reales ni considera los acuerdos internacionales.

Desde este portal invocamos a la Comisión de Constitución del Congreso a rectificar los errores del Ejecutivo y del propio Legislativo. El populismo es una receta que puede causar una letalidad parecida o superior a la pandemia del Covid. El motivo: destruye empresas, evita la recuperación económica, desalienta inversiones y aumenta la pobreza.

Fuente : El Montonero

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