SEMINARIO » ULTIMOS CAMBIOS A LAS INFRACCIONES Y SANCIONES ADUANERAS» / CIP / 17 Agosto / CECAMAR
Mediante Decreto Supremo Nro. 231-2016-EF se ha publicado la modificación de la Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas. Se establecen nuevas multas aplicables a diversos operadores de comercio exterior, incluyendo a los administradores o concesionarios de los puertos, aeropuertos o terminales terrestres internacionales.
DIRIGIDO A :
Exportadores, Importadores, agentes de carga internacional, consolidadores de carga, consignatarios, Agentes Marítimos, Terminales de Almacenamiento, Lineas Navieras y operadores de comercio exterior en general.
FECHA
Miércoles 17 de Agosto de 2016
de 6:00 a 9:00 pm
LUGAR
Colegio de Ingenieros del Perú (CIP)
Av. Arequipa # 4947 – Miraflores
INFORMES E INSCRIPCIONES
Para mayor información, sírvase contactar al señor Alberto Rene Zarate , Movil: 998195420 o Teléfono : 429-2695 o a los correos : informes@apam-peru.com / coordinacion@cecamar.com.pe
COSTO POR PARTICIPACION
S/. 330. 00 + I.G.V. (ASOCIADOS APAM)
S/. 400.00 + I.G.V. ( NO ASOCIADOS)
Descuentos a partir de dos participantes / Precios especiales para estudiantes universitarios
Los Precios no incluyen el I.G .V. (18%)./ Por participante.
Incluye File completo del curso en CD, certificado de participación con valor a su currículum y coffee break.
FORMA DE PAGO
Depósitos a la Cta Cte Soles
N° 0011 – 0102 – 10 – 0100049958
Banco Continental (BBVA) a nombre de Centro de Capacitación Marítimo Portuario y Aduanero S.R.L.
Deposito Detracción
Cta. Cte. Banco de la Nación N° 00 – 001 – 098543
TEMARIO
INFRACCIONES SANCIONABLES CON MULTA
Aplicables a los operadores de Comercio Exterior
Aplicables a los Despachadores de Aduana
Aplicables a los Transportistas o sus representantes en el pais
Aplicables a los Agentes de Carga Internacional
Aplicables a los almacenes Aduaneros
Derogaciones
Aplicables a las empresas de Servicio Postal
Aplicables a las empresas de Servicio de Entrega Rapida
aplicables a los Administradores o Concesionarios de los puertos Aeropuertos o Terminales Terrestres Internacioneles.
Incorporación de párrafos que precisan aplicacion de sanciones
“I. INFRACCIONES SANCIONABLES CON MULTA
“II. INFRACCIONES SANCIONABLES CON CAUSAL
DE SUSPENSIÓN
FICHA INSCRIPCION INFRACCIONES ADUANERAS