Sunat designa 187 nuevos agentes de retención del IGV desde junio
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) designó a 187 contribuyentes como nuevos agentes de retención del IGV, indicó el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
En la resolución 095-2017-Sunat publicada recientemente en el Diario Oficial El Peruano se da cuenta de tal decisión y, asimismo, se excluye a 262 contribuyentes que tenían tal condición.
«Para evitar posteriores controversias revise los anexos de la mencionada resolución a fin de constatar si su empresa ha sido incluida (Anexo 1°) o excluida (Anexo 2°) como agente de retención del IGV”, indicó el gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala.
Asimismo, indicó que esta medida regirá desde el jueves 1° de junio del 2017.
El régimen de retenciones del IGV se creó por Resolución 037-2002-Sunat, concordante con el artículo 10 del Código Tributario que establece que la administración tributaria podrá designar como agentes de retención a los contribuyentes que considere que se encuentran en disposición para retener los tributos.
La CCL explica que los sujetos designados por la Sunat como agentes de retención deberán retener parte del IGV que les corresponda pagar a sus proveedores, para su posterior entrega al fisco, según la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias mensuales.
Asimismo, los proveedores (vendedores, prestadores de servicios o constructores) se encuentran obligados a soportar la retención, pudiendo deducir los montos que se les hubiera retenido contra el IGV que les corresponda pagar, o en su caso, solicitar su devolución al ente recaudador.
Conforme al artículo 18 del Código Tributario el agente de retención es el único responsable frente a la Sunat cuando se haya realizado la retención ordenada.
Tener en cuenta que la tasa de retención del IGV desde el 1° de marzo del 2014 es equivalente a 3% del importe de la operación (total facturado más IGV).