INTERNACIONALES

A Examen presuntas ventajas competitivas ilegales a puertos Franceses y Belgas

La Comisión Europea ha abierto sendas investigaciones para comprobar si las exenciones del impuesto de sociedades previstas en las legislaciones belga y francesa a las actividades económicas de los puertos están en línea con las normas sobre ayudas estatales de la UE, y si, por tanto, se está concediendo a las empresas en un sector determinado una ventaja sobre los competidores de otros estados-miembro.

Los puertos  llevan a cabo ciertas actividades vinculadas con el ejercicio de las funciones esenciales de los estados, como seguridad, vigilancia y control del tráfico: actividades estas que exceden el ámbito de control de las ayudas estatales de la UE. Sin embargo, la principal actividad de los puertos es el tránsito de personas y mercancías, así como la provisión de infraestructuras para las compañías navieras, astilleros y otras empresas. Esta operatividad comercial de las infraestructuras portuarias constituye una actividad económica por la que los puertos deben pagar el impuesto de sociedades del mismo modo que el resto de las empresas.

A ese respecto, la comisaria de Competencia, la danesa Margrethe Vestager, ha declarado que: “Los puertos desempeñan un papel clave en la economía de la UE. Nuestras reglas de la competencia lo reflejan y permiten a los estados-miembro apoyar la construcción o mejora de las infraestructuras portuarias a través de ayudas a la inversión. Sin embargo, la exención de impuestos no debería falsear la competitividad, otorgando una ventaja injusta a algunos puertos en detrimento de otros”.

La exención del impuesto de sociedades a puertos que obtienen beneficios procedentes de actividades económicas supone una ventaja competitiva frente a infraestructuras portuarias competidoras de otros estados-miembro y, en consecuencia, implica una ayuda estatal, según la normativa de la Unión Europea.

En Bélgica, una serie de puertos de navegación marítima y fluvial –en particular, los puertos de Amberes, Brujas, Bruselas, Charleroi, Gante, Lieja, Namur y Ostende, así como las instalaciones a lo largo de los canales en la provincia de Henao y Flandes– están exentos del régimen general del impuesto de sociedades. De hecho, estos puertos están sujetos a un régimen fiscal distinto, con diferentes bases tributarias y tipos impositivos, lo que resulta en un menor nivel general de impuestos para los puertos belgas, en comparación con el resto de empresas del país.

En Francia, por su parte, la mayoría de puertos, en particular los once “grandes puertos marítimos” (Burdeos, Dunkerque, La Rochelle, Le Havre, Marsella, Nantes-Saint-Nazaire y Rouen, así como Guadalupe, Guyana, Martinica y Reunión), el puerto autónomo de París, y los puertos gestionados por cámaras de industria y comercio están exentos del pago del impuesto de sociedades.

En enero de 2016, tras una investigación sobre el funcionamiento y la imposición tributaria de los puertos de los estados-miembro de la UE, la Comisión pidió a Bélgica y Francia que alinearan sus respectivas legislaciones tributarias con las normas sobre ayudas estatales de la UE, mediante la supresión de la exención de impuestos para los puertos.

Comoquiera que estos dos países no se han puesto de acuerdo para armonizar sus leyes fiscales como propone la Comisión, esta ha abierto ahora sendas investigaciones en profundidad para comprobar si se confirman sus sospechas iniciales.

La apertura de una investigación en profundidad ofrece una oportunidad para que dos estados-miembro y otros terceros interesados ​​–como beneficiarios o competidores​​– puedan hacer comentarios sobre la existencia de ayudas estales en forma de exenciones fiscales, en particular en lo que se refiere a su efecto sobre la competencia y el libre comercio, sin prejuzgar las conclusiones de la investigación.

Debido a que tanto la norma belga como la francesa son previas al establecimiento, en 1958, de la Comunidad Económica Europea -germen de la actual Unión Europea-, las ayudas se consideran “ayudas ya existentes”. Por ello, la Comisión no puede reclamar a ninguno de los dos estados-miembro que recupere ni las ayudas concedidas en el pasado ni las otorgadas hasta el momento en que la Comisión adopte una decisión final sobre el asunto.

Las “ayudas existentes” y su evaluación están sujetas a un procedimiento específico de cooperación entre los estados-miembro y la Comisión Europea. Cuando una “ayuda existente” parece contravenir las normas sobre ayudas estatales de la UE, el primer paso de la Comisión es informar al estado-miembro en cuestión acerca de sus sospechas. En función de la respuesta, la Comisión puede proponer medidas apropiadas a dicho estado-miembro para adecuar sus legislaciones a las normas sobre ayudas estatales de la UE. Si el estado-miembro no aceptara la propuesta, la Comisión podría, como tercer paso, abrir una investigación en profundidad para verificar la compatibilidad de las ayudas, como ha ocurrido en el presente caso.

La eliminación de ventajas fiscales injustificadas no significa que los puertos no pueden recibir ayuda estatal. Los estados-miembro disponen de muchas alternativas para apoyar a sus puertos de acuerdo con las normas sobre ayudas estatales de la UE para, por ejemplo, alcanzar los objetivos de transporte de la UE o poner en marcha inversiones en infraestructuras que no serían posibles sin ayuda pública.

En este respecto, la Comisión ha propuesto ampliar el alcance de su Reglamento general de exención, para incluir ayudas a la inversión en los puertos y fomentar inversiones estratégicas en infraestructuras con potencial para la creación de puestos de trabajo.

De manera análoga a las actuales actuaciones contra Bélgica y Francia, en enero de 2016, la Comisión Europea exigió a los Países Bajos abolir la exención del impuesto de sociedades en sus seis puertos marítimos, dentro de este proceso de unificación del régimen sobre ayudas estatales de la UE.

La versión no confidencial de las decisiones que tome la Comisión estará disponible en su momento bajo los expedientes SA.38393 (Bélgica) y SA.38398 (Francia) en el Registro de Ayudas Estales de la EC.

 

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