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Contraloría advirtió que sentencia del TC le quita facultades sancionadoras hacia funcionarios públicos

El presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, señaló que la sentencia no debilita a la Contraloría.

La Contraloría de la República emitió un comunicado donde alertó sobre una sentencia del Tribunal Constitucional que imposibilita su facultad sancionadora a funcionarios públicos. Así, dicha sentencia declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad del artículo 46 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de al República, la cual presentada por el Colegio de Abogados de Arequipa en el 2015.

En ese sentido, la Contraloría explicó que esta sentencia constituye una seria afectación a la lucha contra la corrupción y la impunidad administrativa. El contralor general, Nelson Shack, ha señalado que el fallo estaría librando de responsabilidad a más de 15,000 funcionarios y servidores públicos, a quienes se les determinó responsabilidad administrativa y se encuentran en pleno proceso sancionador.

“No solo se suspenderán los procedimientos en marcha y se desestabiliza el Procedimiento Administrativo
Sancionador, lo más serio es que las infracciones por las inconductas funcionales atribuidas a los funcionarios y servidores públicos comprendidos en los informes de control emitidos y los que estén por emitirse, desaparecen. En resumidas cuentas, solo se observarán los hechos irregulares, pero no podrán emitirse sanciones administrativas tal como de manera efectiva venía imponiendo la Contraloría”, comentó Nelson Shack.

En la sentencia, el TC estableció que las conductas infractoras tipificadas en el artículo 46 no están debidamente detalladas y están redactadas de manera general. Por lo tanto, los funcionarios públicos tienen dificultad en conocer los motivos por los que la CGR pretende sancionarlos. Dicho principio de legalidad está en el artículo 2 de la Constitución: “Nadie será procesado ni condenado por acto u omisión que al tiempo de cometerse no esté previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequívoca, como infracción punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley”.

Asimismo, el presidente del TC, Ernesto Blume, señaló que “no es exacto que esta sentencia debilite a la Contraloría, no es exacto que vaya contra la lucha contra la corrupción, sino que por el contrario, esta sentencia fortalece a la Contraloría, fortalece su competencia de control y de sanción”.

Del mismo modo, Blume resaltó que la sentencia no tenía un efecto retroactivo y no afectaría las sentencias ya impuestas por la Contraloría. Así, los funcionarios que estén involucrados en actos de corrupción o en inconductas funcionales seguirán siendo investigados y sancionados.

En respuesta a la sentencia del TC, el contralor general señaló que presentarán un proyecto de ley para que el listado de conductas infractorias, “que están debidamente tipificadas en el Reglamento aprobado por D.S. N° 023-2011-PCM”, tengan el rango de ley como lo está solicitando el tribunal. “De tal forma que se pueda ejercer su facultad sancionadora, ya que apenas se haga efectiva la sentencia la entidad fiscalizadora quedará sin marco legal para sancionar y, en consecuencia, se limitará su labor”, especificó la Contraloría.

Asimismo, Nelson Shack lamentó que la sentencia del TC no haya previsto “un plazo de adecuación para que aquello que se cuestiona sea corregido sin suspender o dejando un vacío legal respecto de la aplicación de las sanciones”.

El presidente del Tribunal Constitucional señaló que sostendrá una reunión con el contralor Nelson Shack el viernes a las 9:30 am para conversar sobre los cuestionamientos a la norma.

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