Cosco Shipping lleva al Tribunal Constitucional disputa con Ositran por supervisión del puerto de Chancay tras fallo adverso del Poder Judicial
El Tribunal Constitucional decidirá si mantiene o revierte el fallo sobre la disputa entre Cosco Shipping y Ositrán por la regulación del megapuerto de Chancay.
El Tribunal Constitucional tendrá la última palabra en la disputa entre Cosco Shipping y Ositrán sobre el alcance de la regulación del megapuerto de Chancay, luego de que el Poder Judicial admitiera el recurso presentado por la empresa china.
La empresa Cosco Shipping llevó al Tribunal Constitucional (TC) la controversia que mantiene con el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) y la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), por la supervisión del megapuerto de Chancay, luego de que el Poder Judicial revocara una sentencia que le era favorable.
La sala judicial concluyó que Cosco no acreditó la existencia de una amenaza cierta e inminente contra sus derechos fundamentales, condición necesaria para que proceda una acción de amparo.
Frente a este escenario, tal como adelantó hace un mes a RPP, Cosco Shipping interpuso un Recurso de Agravio Constitucional (RAC) contra la resolución de la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima. En dicho recurso solicita principalmente al TC anular la sentencia de segunda instancia o en todo caso resolver el fondo de la controversia y declarar fundada la demanda de amparo.
En declaraciones previas a RPP, el abogado de Cosco Shipping, Ramiro Portocarrero, cuestinó que la resolución del Poder Judicial no resolviera si Ositrán tiene competencia para ejercer una regulación integral sobre un puerto privado de uso público.
Poder Judicial concedió el recurso
El último 24 de julio de 2026, la Segunda Sala Constitucional del Poder Judicial confirmó que Cosco interpuso el Recurso de Agravio Constitucional contra la sentencia de vista y resolvió conceder el recurso, ordenando que el expediente sea elevado al Tribunal Constitucional para su revisión.
Con ello, corresponderá ahora al máximo intérprete de la Constitución determinar si confirma la decisión adoptada por la Sala Constitucional o si revierte dicho fallo.
Para la empresa de, en su mayoría, capitales chinos, la sentencia de segunda instancia afectó sus derechos procesales de orden constitucional y por ello solicita que el TC anule la resolución y ordene a la Segunda Sala emitir un nuevo pronunciamiento debidamente motivado.
Conocido en junio el fallo del Poder Judicial, Ositrán saludó la medida y expresó que ejercerán las «funciones que la Constitución y las leyes le confieren para proteger los derechos de los usuarios, promover la transparencia, fortalecer la seguridad jurídica y contribuir al adecuado funcionamiento de la infraestructura de transporte de uso público en beneficio del país».
La presidenta de Ositran, Verónica Zambrano, lamentó que la empresa continúe judicializando el caso, pues, a su juicio, ello genera costos para el Estado con el único objetivo de evitar cumplir obligaciones previstas en la legislación vigente.
@Rpp
