NACIONALES

Digitalización tributaria: entró en vigencia la notificación electrónica del Tribunal Fiscal

Kelly Pérez, socia del estudio Rubio, Leguía, Normand, comenta los impactos de este cambio, que permite al Tribunal Fiscal notificar de forma electrónica sus decisiones a los contribuyentes.

A partir del jueves 1 de febrero, entró en vigencia el “Procedimiento para la notificación electrónica de actos administrativos del Tribunal Fiscal”, norma que posibilita que el Tribunal Fiscal —última instancia en procesos tributarios— notifique a los contribuyentes electrónicamente resoluciones sobre apelaciones, quejas y solicitudes de corrección, ampliación o aclaración; proveídos, es decir, resoluciones que dan inicio a ejecuciones para cobranzas; citaciones a informe oral; oficios y otros.

Esta norma permitirá:

(i) reducir el tiempo de duración de los procedimientos tributarios
(ii) ajustar la administración tributaria a la política de cero papel que viene implementando el Estado
(iii) facilitar el acceso a los expedientes digitalmente
(iv) tener certeza sobre la fecha y hora de notificación, evitando nulidades en la notificación, mejorando el derecho de defensa de los contribuyentes

Para implementar esto, el Tribunal Fiscal ha habilitado en su sitio web un Buzón Electrónico (casilla electrónica) a la que accederán los administrados y las administraciones tributarias —cualquier entidad del Estado con facultades sobre tributos— que se afilien.

Esta afiliación no es obligatoria en todos los casos. En el caso de los contribuyentes, es obligatoria cuando éstos presenten recursos de apelación, quejas o solicitudes de corrección, ampliación o aclaración en procedimientos ante Sunat, a partir del 01 de febrero de 2018.

Luego que surte efectos la afiliación al sistema, serán notificados a través de éste todos los documentos listados previamente. Esto se aplicará, además, a todo lo presentado con posterioridad a la afiliación ante cualquier administración tributaria.

Esto también se aplica a los casos que estén en trámite ante el Tribunal Fiscal, salvo que el administrado hubiera consignado un domicilio procesal físico, y solicite por escrito dentro de los cinco días hábiles siguientes de surtir efecto la afiliación, conservar dicho domicilio.

La afiliación es voluntaria para los administrados que no califiquen en los requisitos descritos anteriormente. Pero una vez realizada la afiliación, todos los actos del Tribunal Fiscal serán notificados electrónicamente.

Naturalmente, se trata de una norma que tiene espacios de mejora, entre los que reconocemos:

(i) no todos los administrados estamos en igualdad de condiciones en el acceso a Internet, especialmente en zonas al interior del país
(ii) podría generarse problemas de capacidad de almacenamiento en el buzón o de posibles problemas de seguridad cibernética

Lo que ha quedado claro es que el país está en camino a la digitalización de sus procedimientos. El ejemplo más cercano es la notificación electrónica de las casillas electrónicas en el Poder Judicial, siendo éste un paso más que permite agilizar nuestro sistema de justicia en sede administrativa.

Obtenga las ultimas noticias de APAM