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Empleadores obligados a declarar cuentas, sueldos, teléfonos y mails de trabajadores

La información era únicamente de uso interno pero tras la modificación de la legislación será incluida en la planilla electrónica de las empresas.

En este año, la información asociada al tipo de pago, la periodicidad de la remuneración, el número de teléfono móvil y correo electrónico del trabajador deberá ser incluida en el Registro de Información Laboral (T-Registro) de la Planilla Electrónica, luego que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publique una resolución que modificó la legislación sobre la información incluida en la planilla electrónica de las empresas.

De acuerdo a la norma, a partir del 1 de marzo del 2018 los empleadores deben declarar en el T- Registro el número de teléfono móvil y el correo electrónico de todos sus trabajadores. En tanto, la información de la empresa del sistema financiero donde se deposita y el número de cuenta en que se abona dicha remuneración, debe ser declarada a partir del 6 de enero.

El plazo para adecuarse a esta medida es hasta el 28 de febrero en caso de empresas con más de 10 trabajadores, mientras compañías con uno a 10 trabajadores tienen oportunidad hasta el 31 de marzo.

¿CUÁLES SON LOS MOTIVOS?

De acuerdo a Shirley Quino, asociada del Área Laboral de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, en entrevista con diario Gestión, explicó que los motivos de la modificación de la legislación responden:

Primero es que las personas que generen rentas de cuarta o quinta categoría y tengan derecho a esta deducción podrá presentar una Declaración Jurada incluyendo el sustento de las 3UIT adicionales, a fin de solicitar a la Sunat la devolución del impuesto a la renta retenido en exceso por el empleador.

Segundo es evitar errores a los que pueden incurrir los empleadores sobre la doble afiliación de los trabajadores al Sistema Privado de Pensiones (AFPs) y en el Sistema Nacional de Pensiones (ONP), lo que genera aportes indebidos a la ONP.

Según la abogada con la entrada en vigencia de esta norma se permitirá que los empleadores adopten nuevo procedimiento para mantener actualizada la información de sus trabajadores a fin de declararla en el T- Registro, existiendo también la obligación por parte del trabajador.

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