Fondo social para el desarrollo de Chancay: ¿cómo se ajustaría la Renta de Aduanas?
La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera aprobó, por mayoría, el dictamen de insistencia del Proyecto de Ley 8002/2023-CR. ¿Qué implica este avance?
Así camina la propuesta de ley que crea el Fondo Social para el Desarrollo de Chancay. Durante la última sesión de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, del Parlamento en Perú, se aprobó el dictamen de insistencia del PL 8002/2023-CR. La decisión involucró 18 votos a favor, 1 en contra y 6 abstenciones.
El argumento prioritario por parte del Congreso de la República es atender las brechas de infraestructura, promover el acceso a los servicios públicos e implementar proyectos sociales para reducir el impacto en el área de influencia del Terminal Portuario de Chancay.
Ley que crea el Fondo Social para el Desarrollo de Chancay: alcances
Para que este proyecto sea viable, Roberto Sánchez, el autor principal de la iniciativa, propone destinar el 20% de los recursos que genera la participación en Renta de Aduanas (Ley 27613).
Para ello, solicita modificar los artículos 1 y 5 de la Ley de la Participación en Renta de Aduanas y, de esta manera, elevar del 2% al 3% las rentas que se recauden por dicha actividad.
En detalle, el artículo 1 abarcaría lo siguiente: “Participación en la Renta Las provincias y distritos donde se instalen y funcionan Aduanas Marítimas, Aéreas, Postales, Fluviales, Lacustres y Terrestres, tienen derecho a percibir no menos del 3% de las rentas que se recauden por esa actividad, como Participación en Rentas de Aduanas (PRA), constituyendo recursos propios para beneficiar su desarrollo”.
En tanto, el artículo 5 se enfocaría en la distribución de los recursos de la Participación en Renta de Aduanas.
“Los recursos recaudados por la Participación en Renta de Aduanas (PRA), excepto para la Provincia Constitucional del Callao, se distribuye considerando los siguientes criterios: 40% proporcional a la población total de cada distrito, 10 % proporcional a la extensión territorial de cada distrito, 50% proporcional al número de órganos de Gobierno Local de cada distrito”, se puede leer en el documento oficial.
Asimismo, en el PL se hace una precisión sobre cómo se constituyen las rentas de aduanas: con el Impuesto Selectivo al Consumo importado, Aranceles e Impuesto General a las Ventas importado. Todos ellos representan “recursos propios” de libre disponibilidad de las provincias y de los distritos donde funcionan las oficinas de aduanas.
¿Quiénes administrarían el Fondo Social para el Desarrollo de Chancay?
En cuanto a la comisión que administre el fondo, en el escrito se especifica cuál sería la conformación: como presidente, el alcalde o un representante de la Municipalidad Distrital de Chancay; el alcalde o un representante de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, por último, un alcalde o un representante elegido por las municipalidades distritales de la provincia de Huaral.
Se reitera, a lo largo del texto, que este impulso legislativa mejoraría los los estándares de calidad de vida de las poblaciones aledañas. Incluso se cita el diagnóstico situacional de los indicadores de brechas en la provincia de Huaral, elaborados para el Programa Multianual de Inversiones 2025-2027.
“Los valores numéricos de las brechas sociales se muestran muy altos, por ejemplo, en los niveles de carencia de servicios en salud, educación y, desarrollo e inclusión social. Igualmente, en cuanto a los indicadores de brechas económicas vinculados a los sectores de comercio exterior y turismo, producción y, transportes y comunicaciones”, se sostiene.
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