Gobierno aprueba reglamento para las ZEEP
El Gobierno aprobó el reglamento de la Ley n. 32449, que establece el marco para la creación y funcionamiento de las ZEEP, con beneficios tributarios y aduaneros para impulsar la inversión y la industria.
Mediante el Decreto Supremo n.° 005-2026-MINCETUR, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobó el reglamento de la Ley 32449, que crea el Tratamiento Especial Tributario y Aduanero para las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP).
La norma establece las reglas para la creación, autorización, operación, supervisión y sanción de estas zonas, con el objetivo de promover el desarrollo industrial, el empleo y la competitividad del país.
¿Qué son las ZEEP y a quiénes aplica?
Las ZEEP son espacios geográficos donde se desarrollan actividades productivas bajo un régimen especial. El reglamento aplica a entidades públicas, operadores privados y empresas usuarias que se instalen en estas zonas.
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) será el ente rector encargado de autorizar, supervisar y fiscalizar su funcionamiento. En tanto, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) regulará los aspectos tributarios y aduaneros, y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) se encargará del control y la interoperabilidad.
Actividades permitidas y prohibidas
Dentro de las ZEEP se podrán realizar actividades industriales, de ensamblaje y servicios vinculados a la manufactura.
Sin embargo, quedan excluidas actividades como:
Minería e hidrocarburos
Fabricación o comercio de armas
Generación de energía (salvo para autoconsumo)
Venta directa al consumidor final
Otras actividades específicas señaladas en el reglamento
¿Cómo se crea una ZEEP?
La creación de una ZEEP requiere:
Presentar una solicitud con un Plan Maestro de Desarrollo
Evaluación técnica por parte del Mincetur
Aprobación final mediante una ley del Congreso
Este proceso busca asegurar que las zonas cumplan con estándares de viabilidad económica y sostenibilidad.
Operadores privados: requisitos y funciones
El operador privado (OP) será seleccionado mediante convocatoria pública y deberá cumplir condiciones como:
Inversión mínima de 1500 UIT
Solvencia económica
No tener vinculación empresarial indebida
Garantizar conectividad y sistemas interoperables
Entre sus funciones destacan administrar la zona, calificar a los usuarios, garantizar la seguridad, controlar ingresos y salidas, y coordinar con entidades como la Sunat y la VUCE.
Usuarios: inversión y condiciones
Las empresas que deseen operar en una ZEEP deberán:
Ser personas jurídicas nuevas o nuevas sucursales
Realizar una inversión mínima de 2000 UIT
Establecer su domicilio fiscal en la zona
Firmar un contrato con el operador
Contratos y control
Los contratos entre operadores y usuarios deberán incluir aspectos clave como:
Compromisos de inversión y empleo
Garantías
Mecanismos de solución de controversias
Cláusulas anticorrupción
Además, cualquier modificación o cesión requerirá autorización del Mincetur y verificación de la Sunat.
Supervisión, sanciones y transformación
El reglamento establece un sistema de sanciones que incluye:
Infracciones leves, graves y muy graves
Multas de hasta 50 UIT
Cancelación de la autorización
Asimismo, se permite transformar Zonas Económicas Especiales públicas en privadas mediante procesos de inversión privada.
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