Indecopi declara ilegal cobro por derecho de vigencia anual de áreas acuáticas con efectos generales
En un fallo importante para la competitividad del sector portuario nacional, la Autoridad Marítima Nacional (DICAPI) ha formalizado la declaración de barrera burocrática ilegal respecto a la exigencia de pago por el derecho de vigencia anual por ocupación de áreas acuáticas en el mar.
Mediante la Resolución Directoral N° 119-2026 MGP/DICAPI, publicada en el diario oficial El Peruano, se da cumplimiento a lo resuelto por el INDECOPI, tras un proceso administrativo que determina que el cobro aplicado a los amarraderos multiboyas, basado en el factor de 0.00138 de la UIT/m2, carece de sustento legal.
Antecedentes del Caso
La resolución tiene su origen en una denuncia presentada por la empresa Valero Perú S.A.C. contra el Ministerio de Defensa y la Marina de Guerra del Perú. El caso fue resuelto inicialmente por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas en julio de 2025 y ratificado el pasado 13 de febrero de 2026 por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (Resolución N° 0054-2026/SEL-INDECOPI).
Alcance y Beneficios Generales
Lo más relevante de este pronunciamiento es que INDECOPI ha dispuesto que la inaplicación de este cobro tenga efectos generales. Esto significa que el beneficio no es exclusivo para la empresa denunciante, sino que se extiende a todos los operadores económicos que cuenten con amarraderos multiboyas. A partir de la publicación de esta norma, ninguna autoridad podrá exigir el pago bajo el mencionado factor de cálculo.
Dato de Interés:
La Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI) deberá adecuar de inmediato sus procedimientos internos para no realizar cobros bajo este concepto, garantizando el cumplimiento de lo dispuesto por las instancias de competencia y propiedad intelectual.
@APAM @ElPeruano
