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Intereses y moras representan hasta el 60% de las multas ante Sunat

tributario. Experto recomienda que multas sean saneadas, mediante ley, sin cobro de intereses. Sentencia del Tribunal Constitucional señala que este cobro es inconstitucional. A la fecha existen al menos 20 mil litigios sobre esta materia.

Un primer bosquejo de las facultades legislativas que iba a presentar el Ejecutivo al Congreso incorporaba una mirada a las deudas y capitalización de las mismas que los contribuyentes (naturales y jurídicos) tienen hasta hoy pendiente con la Sunat.

Conforme pasaron las semanas la propuesta se fue desinflando y solo se habló que se enfocaría en las pequeñas y medianas empresas (pymes) para finalmente cerrar el tema en deudas menores al valor de una UIT (S/3.950).

Una sentencia del Tribunal Constitucional precisa con claridad que la Sunat no puede imponerle intereses moratorios cuando el contribuyente ejerce su legítimo derecho constitucional de cuestionar las decisiones administrativas.

El debate sobre las multas y moras que tiene Sunat por cobrar no es nuevo, sin embargo para el abogado tributarista Jorge Picón, con un nuevo gobierno iniciando, se debería abrir la posibilidad de sanear todos los litigios por el impacto que ello generaría en la economía del país y en camino al anunciado “acercar a la gente de a pie a la Sunat”.

Explica que básicamente se habla de deudas viejas, las cuales al judicializarse hacen que las multas e intereses puedan representar hasta el 60% de la deuda.

El experto precisa que el Tribunal Fiscal de Sunat tiene como mínimo entre 15 mil y 20 mil litigios cuyo monto supera los S/ 50 mil millones, incluyendo moras y multas. Si bien indicó que el Tribunal demora en promedio unos cinco años en resolver estos casos, existen procesos que han demorado mucho más.

“La Sunat no puede ganar dinero demorándose en resolver. Los intereses no pueden tener un efecto penalizador”, advierte Picón.

Por ello el tributarista indicó que el Ejecutivo o el Congreso de la República deben dar una amnistía a través de una iniciativa legislativa que permita acortar el número de litigios para que los contribuyentes paguen su deuda sin los intereses y multas aplicados por Sunat.

tasas elevadas

Un tema que explicó Picón es que en la década de los noventa la tasa de interés de las deudas con Sunat era de 7% mensual, la cual se capitalizaba cada 31 de diciembre haciendo un interés de 84% al año. Sin embargo, aunque las deudas nuevas no tienen un interés tan alto, así como tampoco capitalización, se encuentra en el orden fijo del 1,2% mensual.

“No solo tienes multas e intereses sino una tasa alta. No tiene sentido que el Estado cobre tantos intereses y se penalice al contribuyente. Si quieres pensar como Estado y para que se deje de litigar que se pague ahorita o máximo en dos años las deudas pero sin los intereses y moras”, exhortó.

Ello no significaría, aclaró, perdonar impuestos sino más bien multas e intereses que nunca han debido ser considerados como parte del costo de una empresa, y más bien este saneamiento permitiría dinamizar la inversión.

“Finalmente son multas que el Estado no logra tampoco cobrar. Sunat debe decir olvídate de las multas e intereses pero págame el tributo ahorita y dejamos de litigar. Para ello se requiere una ley de desagio o de saneamiento tributario”, sentenció.❧

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