COMUNICADOS APAMNACIONALES

No se aplicaran multas por agregacion, MOdificacion, Correcion, al MANIFIESTO DE CARGA

Adjuntamos para su pleno conocimiento el memorandum circular No 0001-2015-SUNAT/5D100  de la Gerencia Jurídica Aduanera dictando disposiciones a todas las Intendencias de Aduana para la aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de Comunidad Andina, disponiendo  :

  • La información contenida en el manifiesto de carga  tiene el carácter DEFINITIVO al momento de la llegada del medio de transporte al territorio comunitario.
  • En consecuencia cualquier modificación, corrección o adición que se pueda realizar  antes del referido momento, no sera objeto de sanción alguna.
  • Esta disposición incluye a la sanción dispuesta por el numeral 6) del inciso d) del articulo 192 de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo No 1053.

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MEMO CIRCULAR JURIDICA 001 2015 F

Atentamente
Sabino Zaconeta Torres
Gerente General – APAM

Cel: 998192711

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