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Publicarán listado de servicios y precios de agentes de aduanas en plataforma Mislo

Iniciativa generará importante ahorro de tiempo y dinero para el comercio exterior peruano.

La ministra de Comercio Exterior y Turismo, Rocío Barrios, sostuvo que se ha dado un importante paso en la transparencia del mercado logístico peruano con el próximo inicio de operaciones del Módulo de Información sobre los Servicios de Logística de Comercio Exterior (Mislo), el cual permitirá a los interesados acceder de manera gratuita a la descripción, precios y listado de los servicios que brindan los operadores logísticos de comercio exterior.

“Los exportadores e importadores del país, que totalizan alrededor de 40,000 empresas serán beneficiados, ya que podrán reducir sus costos en tiempo y dinero. Esto debido a que contarán en un solo módulo con información sistematizada y confiable sobre todos los prestadores formales que ofrecen servicios logísticos”, detalló.

Gracias a la Resolución Ministerial 182-2020-Mincetur, el Mislo empezará a estar operativo este mes, conforme los operadores transmitan la información requerida.

La norma, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, incorpora a los agentes de aduana como los primeros operadores al Mislo. Además, se establece que están obligados, a partir del 15 de septiembre, a remitir al Mincetur la información respecto a la descripción, precios y listado de sus servicios. La incorporación del resto de operadores logísticos se realizará de manera gradual.

Implementación gradual

Debido a la cantidad de empresas por tipo de operador, la complejidad de sus tarifarios y la cantidad de servicios que brindan, la implementación del Mislo se realizará de manera gradual mediante resoluciones ministeriales.

“Por ello, los operadores deberán remitir la información sobre sus servicios, a partir de la fecha establecida en la Resolución Ministerial que los incorpora. En caso de ser nuevas empresas, será dentro de los 30 días desde el inicio de sus operaciones conforme lo señale la autorización emitida por la autoridad habilitante”, aseveró Barrios.

Los operadores que tendrán que remitir información al Mincetur son los administradores o concesionarios de los puertos, administradores o concesionarios de aeropuertos, administradores o concesionarios de terminales terrestres internacionales, empresas de transporte internacional de mercancías por carretera, almacenes aduaneros que prestan servicios públicos, las líneas navieras, entre otros que figuran en la Ley 28977.

Además, se ha previsto también un lapso de seis meses de marcha blanca, donde no se sancionará a los operadores que no remitan la información, período que se cuenta a partir de la emisión de la Resolución Ministerial que los incorpora. Así, la marcha blanca no se aplicará para las nuevas empresas que presten los servicios de un tipo de operador que ya ha sido incorporado al Mislo.

La sanción aplicable es una multa cuyo monto se establecerá sobre la base del valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) hasta por un máximo de ocho UIT para las sanciones leves y 10 UIT para las graves.

Fuente : Andina

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