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Puertos: las oportunidades que abriría la inminente modificación de la Ley del Sistema Portuario Nacional

Las modificaciones a la ley, que aún deben ser ratificadas por el Congreso, permitirían agilizar las obras de acceso a los puertos y también las inversiones más agresivas. Todo ello a fin de aumentar la competitividad y reducir los costos logísticos.

Las modificaciones a la Ley del Sistema Portuario Nacional —aprobadas en primera votación por el Congreso de la República— permitirán atraer nuevas inversiones para aumentar la competitividad de los puertos peruanos, si son ratificadas en los próximos días.

El plazo de concesión de 30 años sin opción a prórroga limitaba el crecimiento de las concesiones, pues las ampliaciones no previstas originalmente en el contrato necesitan plazos de maduración más largos. Por su dimensión y carácter indivisible, los concesionarios no tenían incentivos para realizarlas. “Al llegar al año 20 se realizaban sólo las inversiones contractuales, pero las complementarias o incrementales estaban estancadas. Porque el plazo residual era insuficiente para recuperar la inversión”, explica Juan Carlos Salinas, socio del Estudio Muñiz.

A raíz del cambio, los concesionarios podrían presentar nuevos y más agresivos planes de inversión que reduzcan los costos logísticos y permitan tarifas más competitivas, con cargo a la ampliación del plazo y un mayor valor de la concesión. “Brinda herramientas para abrir una nueva negociación con actuales concesionarios”, remarca Luis Miguel Yrivarren, director de Yrivarren Abogados.

Además, las inversiones fuera del área de concesión que mejoren la conectividad y competitividad del puerto serían, ahora, reconocidas en los planes de inversión. “Desde hace varios años, los cuellos de botella están en las obras de accesos al puerto, porque no van al mismo ritmo [que las obras de la concesión]”, explica Gonzalo Ruiz Diaz, economista asociado de Macroconsult. Esto permitirá una planificación conjunta de ambas infraestructuras y viabilizar los proyectos necesarios, en lugar de esperar que sean ejecutados por los ministerios.

Por último, el titular de un puerto privado de uso público —como Cosco Shipping Ports (CSP)— podrá brindar servicios portuarios de manera exclusiva y de aprobación automática. “En las APP hay una evaluación y requisitos para otorgar la exclusividad. Darle carta libre a los puertos de titularidad privada le quita la capacidad planificadora a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y motiva el uso de habilitaciones portuarias [en desmedro] del uso de las APP”, advierte Ricardo Guimaray, exdirector de la APN.

Aunque las fuentes consultadas coinciden en que CSP deberá presentar nuevamente la solicitud para tener exclusividad en el Puerto de Chancay, para su asesor legal externo, Jorge Danós, ello no sería necesario. “A partir de la norma se entiende que [el acuerdo de directorio de la APN] está convalidado”, agrega Danós.

@semanaEconomica

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