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SUNAT Modifica el Procedimiento de Reconocimiento Físico, Extracción y Análisis de Muestras

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) oficializó la modificación del procedimiento específico «Reconocimiento físico – extracción y análisis de muestras» DESPA-PE.00.03 (versión 4), a través de la Resolución de Superintendencia N° 000162-2026/SUNAT, publicada hoy en la edición de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Esta actualización normativa optimiza los controles aduaneros, precisa las metodologías técnicas aplicables al muestreo, estandariza la interacción por medios digitales e introduce definiciones clave para la operativa de comercio exterior.

Claves y Principales Cambios de la Norma

1. Incorporación de la definición de «Juego o Surtido»

Se añade al procedimiento la definición formal de mercancías en «Juego o Surtido» (numeral 44 del rubro IV), precisando que deben cumplir de forma simultánea con tres condiciones:

  • Estar constituidas por al menos dos artículos diferentes que clasifiquen en partidas arancelarias distintas.
  • Presentarse juntas para la satisfacción de una necesidad específica o el ejercicio de una actividad determinada.
  • Estar acondicionadas para la venta directa al usuario final sin requerir reacondicionamiento (cajas, cofres, panoplias, etc.).

2. Precisión en el embalaje y preservación de muestras

  • Muestras en frascos plásticos y sobres de seguridad: Las muestras líquidas o sólidas sin acondicionar para la venta al por menor deberán ser introducidas primero en frascos de plástico y luego resguardadas en el sobre contenedor de seguridad (Anexo V) sellado con etiqueta de seguridad.
  • Muestras de gran tamaño: Si la dimensión de la muestra excede el sobre contenedor, ambos deberán encintarse conjuntamente, adhiriendo la etiqueta de seguridad en la parte superior.
  • Metales preciosos: Para barras, lingotes o bloques de metales preciosos, el muestreo se efectúa mediante taladro eléctrico. Las primeras virutas se descartan y devuelven en la diligencia (quedando asentado en el Acta), colocándose la muestra representativa en bolsas herméticas dentro del sobre de seguridad.

3. Actualización de normas técnicas para combustibles y minerales

  • La extracción de muestras de hidrocarburos y combustibles deberá ajustarse obligatoriamente a los estándares de la norma NTP 610.003:2019, ASTM D4057 o API MPMS Capítulo 8.1, debiendo ser realizada por un laboratorio externo especializado en presencia del funcionario aduanero antes de la descarga.
  • Para los concentrados de minerales metalíferos, se remite a las disposiciones del procedimiento específico DESPA-PE.00.20.

4. Uso de la Mesa de Partes Virtual (MPV-SUNAT) y literatura técnica

  • Cuando el Laboratorio Central requiera hojas de seguridad, literatura técnica o documentos equivalentes, lo notificará al usuario, quien contará con tres (3) días hábiles para remitirlos mediante la MPV-SUNAT. En caso de no presentarse en plazo, la muestra será devuelta para el cierre de la solicitud.

5. Regulación de laboratorios externos especializados

  • Si el Laboratorio Central no contara con la capacidad o métodos para realizar un análisis físico-químico, la muestra será derivada a un laboratorio externo especializado acreditado por el Instituto Nacional de Calidad (INACAL). Los costos de dichos servicios serán asumidos directamente por el dueño, consignatario o importador.

6. Procedimiento para el Segundo Análisis y Contramuestras

  • Segundo Análisis: El usuario podrá solicitar un segundo análisis a través de la MPV-SUNAT en un plazo de 3 días hábiles tras la emisión del informe químico, fundamentando sus discrepancias técnicas. Si falta documentación, contará con 2 días hábiles para subsanar.
  • Contramuestras en Intendencias: La Disposición Transitoria Única establece que las Intendencias de Aduana que tengan contramuestras bajo su custodia deberán remitirlas a la Oficina del Laboratorio Central según el cronograma que esta programe.


Vigencia

La resolución entra en vigencia a partir del viernes 28 de agosto de 2026 (día siguiente de su publicación).

@El Peruano

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