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Gobierno emite decreto de urgencia para acelerar obras del aeropuerto Jorge Chávez y Línea 2 del Metro

Gobierno aprueba medidas para dinamizar ejecución de proyectos de transportes en las dos obras emblemáticas. Conoce más detalles aquí.

Con el propósito de dinamizar y asegurar la ejecución de proyectos clave de infraestructura, el gobierno peruano ha emitido el Decreto de Urgencia N° 009-2024. Este decreto establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para acelerar las obras del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y la Línea 2 del Metro de Lima y Callao, proyectos fundamentales en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad 2022-2025 (PNISC).

El PNISC busca optimizar la infraestructura de transporte de uso público en Lima y Callao, descongestionando el tránsito vehicular y mejorando la eficiencia y seguridad del transporte. Sin embargo, la simultaneidad de las intervenciones ha generado congestión adicional, pérdida de horas laborables y afectaciones económicas, lo que ha llevado al gobierno a tomar medidas urgentes.

Uno de los problemas críticos es la demora en la construcción de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao. A pesar de que el proyecto debía entrar en operación en 2021, actualmente solo se ha ejecutado un 54.57% y enfrenta retrasos significativos, particularmente en la construcción de la estación central (Estación E-13). Estos retrasos podrían llevar a la paralización de la tuneladora TBM-1, proyectada para mediados de junio de 2024, lo que impactaría negativamente a 600,000 ciudadanos y ocasionaría contingencias económicas para el erario público.

Simultáneamente, el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez enfrenta dificultades para iniciar las operaciones de su nuevo terminal debido a problemas en la adjudicación de la construcción del acceso por el Puente Santa Rosa. Esto ha llevado a la necesidad de instalar puentes modulares transitorios y realizar obras internas adicionales.

Las reglas especiales del MTC para acelerar obras
El Decreto de Urgencia autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a realizar modificaciones contractuales con las concesionarias encargadas de estos proyectos, siguiendo reglas especiales diseñadas para evitar más retrasos y pérdidas económicas.

Aeropuerto Internacional Jorge Chávez:
El referido decreto de urgencia dicta reglas especiales para la construcción de vías internas necesarias para la operación del nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.

Por ello, se autoriza de manera excepcional al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a acordar con el concesionario, una modificación contractual al contrato de concesión para la construcción, mejora, conservación y explotación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.

La finalidad de esta modificación es viabilizar la construcción de las vías internas que conectarán el nuevo terminal de Aeropuerto Internacional Jorge Chávez con los puentes modulares que instalará el MTC, siguiendo de manera exclusiva las siguientes reglas especiales:

– La construcción de las vías internas se financia con cargo a la retribución que el concesionario paga al MTC. Dicho monto corresponde a parte de la retribución de un trimestre de 2024.

– De manera previa a la modificación contractual, el concedente evalúa y sustenta el impacto sobre los parámetros económicos financieros, con el fin de asegurar que la medida mantiene el equilibrio económico financiero del contrato de concesión, así como sustentar y asegurar la no afectación a las condiciones de competencia del mencionado proceso de promoción de la inversión privada, procurando no alterar la asignación de riesgos y la naturaleza del proyecto.

– Para acordar la referida modificación contractual, se requerirá únicamente la opinión técnica, previa y no vinculante, del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán), en el marco de sus competencias, la que se emitirá en un plazo no mayor de diez días hábiles de recibida la propuesta de modificación contractual visada por las partes.

– La referida modificación contractual no podrá incluir ni reconocer el pago de ninguna compensación o indemnización en favor del concesionario derivadas del acuerdo suscrito.

Línea 2 del Metro de Lima y Callao:
Asimismo, el mencionado decreto de urgencia establece reglas especiales para la ejecución del paso en lleno de la tuneladora -TBM en la Estación E-13 («Estación Central») del proyecto de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao.

La norma autoriza de manera excepcional al MTC a acordar con el concesionario de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao una modificación contractual al contrato de concesión para el diseño, financiamiento, construcción, equipamiento electromecánico, equipamiento de sistema y provisión de material rodante, operación y mantenimiento del proyecto.

Esa modificación tiene como finalidad permitir e implementar el paso en lleno de la tuneladora – TBM-1 en la «Estación Central», de manera previa a su construcción. Para ello se siguen de manera exclusiva las siguientes reglas especiales:

– De manera previa a la modificación contractual, el concedente evalúa y sustenta el impacto sobre los parámetros económicos financieros, con el fin de asegurar que la medida mantiene el equilibrio económico financiero del contrato de concesión, así como sustentar y asegurar la no afectación a las condiciones de competencia del mencionado proceso de promoción de la inversión privada, procurando no alterar la asignación de riesgos y la naturaleza del proyecto.

– Para acordar la referida modificación contractual, se requerirá únicamente la opinión técnica, previa y no vinculante, del Ositrán, en el marco de sus competencias, la que se emitirá en un plazo no mayor de diez días hábiles de recibida la propuesta de modificación contractual visada por las partes.

– La modificación contractual que suscriban las partes deben contemplar los aspectos técnicos y económicos que permitan alcanzar la finalidad señalada en el presente decreto de urgencia.

– La referida modificación contractual no podrá incluir ni reconocer el pago de ninguna compensación o indemnización en favor del concesionario derivadas del acuerdo suscrito.

Control y Financiamiento
La Contraloría General de la República realizará el control concurrente de las acciones programadas bajo este decreto, asegurando la transparencia y correcta ejecución de los proyectos. Además, la implementación de estas medidas se financiará con el presupuesto institucional existente, sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público.

El Decreto de Urgencia N° 009-2024 estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, proporcionando un marco temporal para la aceleración de estos proyectos vitales para la infraestructura de transporte en Lima y Callao.

Con estas medidas, el gobierno busca destrabar los proyectos del nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y la Línea 2 del Metro de Lima y Callao, contribuyendo al cumplimiento de los compromisos contractuales y mejorando los niveles de servicio de transporte en el país, especialmente de cara a eventos internacionales como los Juegos Panamericanos 2027.

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